- Categoría: Jurisprudencia comentada
El Tribunal Supremo dictó el pasado 5 de febrero, Sentencia por la que declara la imposibilidad de que la negociación colectiva pueda introducir un sistema de votación distinto al presencial y al voto por correo, cuando no existe una habilitación legal que así lo establezca y el acuerdo colectivo en cuestión no es de los regulados en el Título III ET.