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Estudio amplio de la jubilación flexible

La jubilación flexible se incorpora al ordenamiento interno a través la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, y conforma una especial categoría de jubilación creada ex lege y es calificada como tal en el artículo 5 del RD 1132/2002, que desarrolla algunos preceptos de la Ley.

El principio de voluntariedad y la solicitud del trabajador en la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente

Con los cambios legislativos producidos en esta materia, actualmente, el empresario está obligado a explorar y agotar todas las posibilidades de adaptación, incluida la reubicación, antes de dar por finalizada la relación. Ahora bien, si se observa, sólo tiene que hacerlo si el trabajador primero lo solicita y después acepta los cambios propuestos por la empresa.

La cuantía de la pensión de viudedad

La cuantía de la pensión de viudedad se calcula mediante la aplicación sobre la base reguladora, diferente según que el causante se halle en activo o sea pensionista en el momento del fallecimiento, un porcentaje que, a su vez, difiere según las circunstancias del beneficiario. En todo caso, se fijan anualmente unas cuantías mínimas según la edad y circunstancias del beneficiario. 

extinción automática del contrato por incapacidad permanente

Nos tenemos que remontar al pasado 24 de julio de 2024, cuando el Consejo de Ministros aprobó a propuesta de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la modificación del artículo 49.1.e) ET, eliminando así, como causa automática de extinción de la relación laboral, el reconocimiento de la incapacidad permanente de la persona trabajadora.

La extinción del derecho a la prestación del ingreso mínimo vital

El art. 18 LIMV dispone que el derecho a la prestación de ingreso mínimo vital se extinguirá por las siguientes causas:

a) El fallecimiento de la persona titular

Es un supuesto obvio, no obstante, cuando se trate de unidades de convivencia, cualquier otro miembro que cumpla los requisitos para formar parte de la unidad de convivencia, podrá presentar una nueva solicitud en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha del fallecimiento para el reconocimiento, en su caso, de un nuevo derecho a la prestación en función de la nueva composición de la unidad de convivencia.

La extrapolación del concepto de accidente de trabajo a las situaciones de teletrabajo

Para analizar dicha cuestión debemos partir del artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social para determinar qué debe considerarse accidente laboral y qué no. Para los siniestros acontecidos en el contexto del teletrabajo la cuestión estriba alrededor de dos piezas fundamentales de dicho precepto: el nexo de causalidad y la presunción de laboralidad.

Beneficiarios y exclusiones de la prestación por desempleo

Como es conocido, la protección frente a la contingencia de desempleo puede ser: 1) Total definitiva, cuando se extingue la relación laboral. 2) Total temporal, cuando se suspende la relación laboral bien por causas ETOP, bien por fuerza mayor. 3) Parcial, cuando se reduce temporalmente la jornada diaria ordinaria de trabajo por causas ETOP, o en el caso de los trabajadores a tiempo parcial.

El impacto del llamamiento o la falta de este en la prestación por desempleo

En la presente entrada voy a examinar el impacto que tiene el llamamiento o la falta de este en la prestación por desempleo. A tal efecto, es necesario que diferenciemos los siguientes supuestos. 

En primer lugar, ante la falta de llamamiento, el trabajador fijo discontinuo se encontraría en situación legal de desempleo, por lo que quedaría libre el derecho a percibir (o a continuar percibiendo) el paro. En segundo lugar, si tras el llamamiento la persona trabajadora fija discontinua se reincorpora al trabajo, la prestación por desempleo se suspende o se extingue en aplicación de las reglas generales contenidas en los artículos 269.3, 271.1 d), 272 c) y 279 de la LGSS.

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Ángel Ureña Martín

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Sobre mí

Soy un letrado laboralista apasionado por el Derecho Laboral, director de esta web y colaborador habitual en varios portales jurídicos. También soy profesor e investigador. Saber más >

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