- Categoría: Inspección de trabajo
Las tres facultades básicas que la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social atribuye a los inspectores o subinspectores en el ámbito de sus atribuciones, son: extender un acta de infracción, advertir o requerir. Vamos en esta entrada los dos últimos, dejando las actas de infracción para otro artículo diferenciado.