
La indisciplina o desobediencia en el trabajo es, de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, un incumplimiento contractual merecedor de despido disciplinario. Ahora bien, no toda acción de desobediencia va a ser castigada con el despido como sanción máxima, pues ello dependerá de la gravedad del incumplimiento.
Tenemos que recordar aquí que tanto el empresario como el trabajador, en la relación laboral, se someten al principio de buena fe contractual. De lo que se deduce que el quebrantamiento de los deberes de disciplina y obediencia, propios del contrato de trabajo, rompen el deber de fidelidad que, el trabajador debe observar con buena fe.